Limitaciones actuales para la movilidad de los vehículos de dos ruedas en Antioquia.
Este medio de comunicación le presenta un listado de las restricciones para los motociclistas en los principales municipios de Colombia. Y es que, si bien, el Artículo 94 del Código Nacional de Tránsito establece una normativa general para la circulación de los vehículos dentro del país, cada administración municipal, como agente de Poder Ejecutivo, puede generar medidas particulares, en caso de necesitarlo; ahora nos vamos a Medellín e Itagüí, ciudades que hacen parte de Antioquia, un departamento que se sitúa sobre la Cordillera de los Andes y se extiende hacia el mar Caribe
Medellín
Aparece un Pico y Placa rotativo en toda la zona urbana, dentro de los horarios comprendidos entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m.; exceptuando a los sábados, domingos y festivos, y presentado el siguiente orden: lunes, placas comenzadas en 6 y 9, martes – 2 y 3, miércoles – 4 y 8, jueves – 0 y 7, y viernes – 5 y 1.
Sin embargo, se encuentra de igual forma un Permiso Especial por Circulación pago, permitiendo la excepción de la medida restrictiva de movilidad para las motocicletas, que solo podrá solicitarse de forma virtual y a través del siguiente link: https://www.medellin.gov.co/portal-movilidad/#/public, porque por ahora no existen puntos físicos habilitados.
*Nótese que el pago (8.384 pesos) se deberá realizar solo hasta las 11:59 p.m. del día previo a la medida de pico y placa que rija para el vehículo.
Entre tanto, se identifica también una excepción a la normativa en los siguientes corredores viales: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Paralela); Avenida Las Palmas; Avenida 33, desde el río hasta su conexión con Las Palmas; laterales de la quebrada La Iguaná (entre carreras 63 y 80); y la calzada norte (sentido oriente – occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur.
Itagüí
Aparece la restricción del acompañante cuando sea hombre hasta 31 de marzo del 2022 durante las 24 horas del día, a excepción de los periodos comprendidos entre las 5 a.m. y las 7:30 a. m., y las 5:00 p.m. y las 7:30 p. m..
Además del Pico y Placa rotativo en toda la zona urbana (mismo para los diez municipios que conforman el Área Metropolitana del Valle de Aburrá), dentro de los horarios comprendidos entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m.; exceptuando a los sábados, domingos y festivos, y presentado el siguiente orden: lunes, placas comenzadas en 6 y 9, martes – 2 y 3, miércoles – 4 y 8, jueves – 0 y 7, y viernes – 5 y 1.
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Sin embargo, se encuentra de igual forma un Permiso Especial por Circulación pago, permitiendo la excepción de la medida restrictiva de movilidad para las motocicletas, que solo podrá solicitarse de forma virtual y a través del siguiente link: https://www.medellin.gov.co/portal-movilidad/#/public, porque por ahora no existen puntos físicos habilitados.
*Nótese que el pago (8.384 pesos) se deberá realizar solo hasta las 11:59 p.m. del día previo a la medida de pico y placa que rija para el vehículo.
Entre tanto, se identifica también una excepción a la normativa en las siguientes vías: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Paralela); Avenida Las Palmas; Avenida 33, desde el río hasta su conexión con Las Palmas; laterales de la quebrada La Iguaná (entre carreras 63 y 80); y la calzada norte (sentido oriente – occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur. Hablamos de un municipio conurbado con la ciudad de Medellín.
Tomado de: https://publimotos.com/mactualidad/60-mundo/restricciones/5271-restricciones-para-las-motos-en-medellin-e-itaguei